Bono Escolaridad 2022: Consulta Cómo Cobrar El Nuevo Apoyo Económico En Enero


 El Gobierno de Perú dispuso la entrega del Bono Escolaridad 2022,  a aquellos trabajadores del Sector Privado y Público. El Bono Escolaridad o Bonificación por Escolaridad es el nuevo apoyo económico que el Gobierno ha autorizado para los trabajadores tanto del sector público como del sector privado.

Bono Escolaridad 2022: ¿A Quiénes Beneficia?

·         Los funcionarios y servidores nombrados y contratados bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 276, la Ley N° 29944 y la Ley N° 30512.

·         Aquellos docentes universitarios a los que se refiere la Ley N° 30220.

·         El personal de la salud al que se refiere el numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1153.

·         Además, los obreros permanentes y eventuales del Sector Público.

·         El personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú.

·         Los pensionistas a cargo del Estado comprendidos en los regímenes de la Ley N° 15117; los Decretos Leyes N° 19846 y N° 20530, el Decreto Supremo N° 051-88-PCM y la Ley N° 28091.

Bono Escolaridad 2022: ¿Cuáles Son Los Requisitos Que Debo Cumplir Para Cobrar El Subsidio?

·         Estar laborando a la fecha de la vigencia de la presente norma.

·         También deberás contar en el servicio con una antigüedad no menor de tres meses a la vigencia de la norma.

¿Cuál Es El Cronograma De Pagos?

El pago del Bono Escolaridad 2022 se llevará a cabo en el mes de enero; son obstante, esto dependerá del cronograma que emita el Banco de la Nación para el sector público. Por otra parte, a los trabajadores del sector privado, podrás recibir el apoyo económico cuando su empresa empleadora le haga el depósito de su sueldo mensual.

¿De Cuánto Será El Monto?

De acuerdo a la información que se maneja, el monto del Bono Escolaridad 2022 que se estará otorgando a los sectores son distintos y no se paga mensualmente. Para poder recibirlo tienes que estar trabajando, o de vacaciones; en el momento que entró en vigor la norma. También haber estado trabajando al menos 3 meses que entró en vigor dicho reglamento.

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